AYUDAS DEL CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial)
Empresas para los Proyectos de I+D+i individuales. Para los Proyectos en Cooperación Nacional se requiere la formalización de una Agrupación de Interés Económico (AIE) o consorcio regido por un acuerdo privado de colaboración, constituidos por, como mínimo, dos empresas autónomas. En proyectos de menos de 3 M€ el número máximo de empresas participantes será de 6 y por encima de este presupuesto podrán participar hasta 10 empresas. Para Proyectos de Cooperación Tecnológica Internacional los beneficiarios serán empresas a título individual o bien una AIE o un consorcio constituidos por, como mínimo, dos empresas autónomas. Los organismos de investigación podrán participar, en todo caso, bajo la modalidad de subcontratación por parte de una o varias de las empresas integrantes de la agrupación.
Los proyectos de Investigación y Desarrollo son proyectos empresariales de carácter aplicado para la creación y mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio presentados por una única empresa o por una agrupación empresarial. Dichos proyectos pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental.
Para proyectos individuales. El presupuesto mínimo elegible será de 175.000 €. Para los proyectos en Cooperación Nacional El presupuesto mínimo financiable será del orden de 500.000 €, con un presupuesto mínimo por empresa de 175.000€. Para Proyectos de Cooperación Tecnológica Internacional. El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 €. En el caso de proyectos desarrollados por un consorcio o AIE el presupuesto mínimo del proyecto será del orden de 500.000 €.
Ayuda Parcialmente Reembolsable, con una cobertura financiera hasta el 75% del presupuesto total aprobado, pudiendo alcanzar hasta el 85% con carácter excepcional. Esta ayuda puede contar con un tramo no reembolsable (TNR) que dependerá de las características del proyecto y del beneficiario. Por tanto, la ayuda CDTI puede distribuirse de la siguiente manera: • Un tramo reembolsable (TR) en un plazo de 10 años, contados a partir del centro de gravedad del proyecto. El primer reembolso se realiza 3 años después del centro de gravedad del proyecto, con un mínimo de 2 años desde su fecha de finalización. Este TR tendrá un tipo de interés fijo igual a Euribor a un año + 0,1%, que se establecerá en el momento de la aprobación del proyecto. • Un TNR modulado en función de las características del proyecto, del beneficiario y del origen de fondos utilizado para la financiación. Este tramo estará condicionado a la disponibilidad de fondos.