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Ayudas del Programa Coinvestiga, destinadas a financiar la realización de proyectos de I+D por agrupaciones de empresas, en las áreas estratégicas establecidas en el V Plan Regional deI+D+i (2014-2017)


Programa

FEDER

Duración
2014-2017
Beneficiarios

Cualquier agrupación de empresas que realice proyectos de I+D en colaboración, con la subcontratación de, al menos, un Centro de I+D perteneciente al SECTI, debiendo ser el importe mínimo de los trabajos a realizar por éste, el 15 % del presupuesto total de l proyecto.

Estas agrupaciones se regirán por el documento contractual que las regule. El funcionamiento interno de la agrupación responderá a criterios de autonomía de gestión, asumiendo uno de los socios la dirección del proyecto y la representación de la agrupación ante la Administración, lo cual, deberá constar expresamente en el documento contractual que se realice a tal efecto y deberá contemplar como mínimo lo siguiente:

a) Distribución de las actividades y del presupuesto total y el apartado por cada uno de los miembros.

b) Acuerdo de representación de la agrupación y elección del representante de la misma.

c) Compromiso de distribución de la ayuda percibida por el representante entre todos los socios.

d) Acuerdos de confidencialidad.

e) Propiedad, protección legal (patentes) y divulgación de los resultados.

d) Gestión de la agrupación y plan de contingencias ante posibles dificultades.

No obstante, el presupuesto y las actividades quedarán sujetos a lo establecido en la resolución de concesión de la ayuda.

Las empresas integrantes de la agrupación, y que resulten beneficiarias, responderán solidariamente de la obligación de reintegro en relación con las actividades subvencionadas, con el límite del importe de la ayuda recibida por cada uno de ellos.

La agrupación de empresas no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo deprescripción previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Tipología
Proyectos de I+D
Objetivos Específicos y Actividades Financiables

Ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental por una agrupación de empresas, con la participación efectiva de un Centro de I+D perteneciente al Sistema Extremeño de Ciencia y Tecnología e Innovación (SECTI), en las áreas estratégicas establecidas en el V Plan Regional de I+D+i (2014-2017).

Sectores subvencionables:

Los sectores subvencionables serán los incluidos en las áreas estratégicas del V Plan Regional de I+D+i siguiente: agroalimentación, gestión de recursos naturales, turismo, cultura y sociedad, salud, energía y producción industrial y tecnología de la información y de las comunicaciones.

En todo caso la presente orden, no resultará aplicable a:

1. Las actividades relacionadas con la exportación, concretamente las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, las ayudas al establecimiento y funcionamiento de una red de distribución o las ayudas a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.

2. Las actividades condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.

3. Las actividades de transformación y comercialización de productos agrícolas en los casos siguientes:

a) Cuando el importe de la ayuda se fije sobre la base del precio o la cantidad de tales productos comprados a los productores primarios o comercializados por las empresas en cuestión.

b) Cuando la ayuda dependa de que se repercuta total o parcialmente sobre los productores primarios (agricultores).

4. Las actividades relacionadas con el sector del acero.

5. Las actividades relacionadas con el sector de la construcción naval.

6. Las actividades relacionadas con el sector de las fibras sintéticas.

Actividades subvencionables:

Tendrán la consideración de costes subvencionablesaquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para el desarrollo del proyecto para el que fueron concedidos.

Los costes subvencionables se desglosarán en las siguientes partidas presupuestarias:

a) Costes de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar), cuando el tiempo imputado esté exclusivamente dedicado al desarrollo de las actividades de I+D del plan de trabajo del proyecto.

Serán subvencionables los costes de personal directivo y gerencial con una dedicación máxima al proyecto del 30 %, debiendo además justificarla mediante la presentación de una memoria detallada sobre las funciones que desarrolla en el proyecto.

Dentro de los costes de personal podrá incluirse personal de nueva contratación que se incorpore a la empresa para la realización del proyecto con carácter exclusivo. En la solicitud deberá figurar el perfil requerido para la persona que se vaya a contratar, no admitiéndose contrataciones en grupos de cotización inferiores a las titulaciones/ categorías profesionales indicadas en la solicitud, ni tampoco contrataciones a tiempo parcial.

No se considerarán subvencionables:

— Los costes relacionados con el personal que no tenga relación contractual laboral con la empresa.

— Los conceptos incluidos en la retribución bruta recibida por el trabajador que no guarden relación con la actividad subvencionada.

— Los costes de personal administrativo relacionados con tareas de gestión del proyecto y que podrán ser solicitados, exclusivamente por el representante/coordinador del proyecto, pero dentro del concepto de costes de gestión.

b) Costes de equipamiento y material instrumental de nueva adquisición, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. Si no se utiliza exclusivamente para el proyecto de I+D, sólo serán subvencionables los costes de amortización que correspondan a la duración del proyecto, calculados sobre la base de las buenas prácticas contables.

Las licencias y renovaciones de licencias de software se encuentran dentro de la categoría de material inventariable y se consideran gastos subvencionables si son de uso específico para el proyecto y no de uso general.

c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y adquisición inventariable de patentes, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación. Las subcontrataciones con centros de I+D u otras empresas precisas para el proyecto cuando las actuaciones contratadas a terceros supongan la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto del proyecto, deberán estar debidamente pormenorizadas y justificadas y deberán contar con los medios técnicos y humanos necesarios para el desarrollo de los trabajos subcontratados.

d) Costes de adquisición de patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas.

e) Costes de material fungible. No son financiables los materiales de oficina y consumibles informáticos.

f) Costes de gestión del coordinador/representante del proyecto, entendiendo como tales los derivados de la coordinación de la agrupación, elaboración de informes de las actividades de investigación, así como las justificaciones y la labor de interlocución con la Secretaría General de Ciencia y Tecnología.

g) Gastos generales asociados directamente de la actividad de investigación que en ningún caso podránsuperar el 10 % de los costes totales del proyecto.

Presupuesto Disponible

El crédito previsto para las ayudas asciende a 8.000.000 euros, y se distribuirá en dos ejercicios presupuestarios: 5.000.000 euros para el ejercicio 2014 y 3.000.000 euros para el ejercicio 2015.

Tipo de Financiación

La cuantía mínima de la inversión subvencionablede todo el proyecto es de 600.000 €, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) excluido.

Importe máximo de la subvención a otorgar

                             Pequeña           Mediana         Gran Empresa

Investigación industrial  80%                  75%                65%

Desarrollo experimental 60%                  50%                40%

Plazo de Presentación
  • Desde: 31 de marzo de 2014
  • Hasta: 30 de abril de 2014
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